¿Cuántos impuestos hay en el Perú?

¿Sabías que en el contexto económico actual, donde el cambio de dólar en línea se ha convertido en un indicador crucial, es esencial comprender la estructura tributaria de un país?

En este caso, la pregunta sobre cuántos impuestos hay en el Perú se vuelve central para entender el panorama fiscal. A continuación, exploraremos detalladamente la compleja red de impuestos, desde los tributos nacionales hasta los locales, para observar cómo estas cargas impositivas afectan tanto a los ciudadanos como a las empresas. ¡Veamos!

Tipos de impuestos en el Perú

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1. Impuesto General a las Ventas (IGV)

Es un tipo de gravamen indirecto que se aplica en el momento de llevar a cabo una transacción de compra, ya sea de bienes o servicios, contratos de construcción, primera venta de bienes inmuebles o importación de bienes. Tanto personas naturales como jurídicas tienen la obligación de cumplir con su pago.

Dentro de la categorización de los impuestos, el IGV destaca como la operación tributaria más común, afectando a la gran mayoría de los ciudadanos.

La tasa del IGV es del 18%, compuesta por un 16% correspondiente a la tasa principal y un 2% destinado al Impuesto de Promoción Municipal. Esta tasa se aplica sobre el monto total de la transacción.

Es importante destacar que el IGV desempeña un papel fundamental en la recaudación de ingresos para el estado, contribuyendo significativamente a financiar proyectos y servicios públicos. Además, su aplicación busca mantener un equilibrio en la carga tributaria, afectando proporcionalmente a los consumidores según el valor de sus adquisiciones.

2. Impuesto a la Renta (IR)

El impuesto a la renta constituye un tipo de tributo directo de gran relevancia en nuestro país, siendo uno de los pilares relevantes para el presupuesto y la financiación nacional.

En el contexto peruano, este impuesto se desglosa en cinco categorías, cada una vinculada al origen de las rentas percibidas o devengadas sobre las cuales se calculará el impuesto correspondiente.

  • La primera categoría abarca los ingresos provenientes del alquiler o cesión de bienes muebles e inmuebles, como maquinarias, vehículos, propiedades, entre otros. Esta categoría implica el pago del impuesto, incluso si la renta no ha sido efectivamente recibida.
  • La segunda categoría engloba las rentas conocidas como “ganancia de capital”, las cuales surgen de los beneficios obtenidos por valores mobiliarios, inversiones, capital invertido o ganancias en la transferencia de bienes inmuebles, como acciones, bonos, participaciones en fondos mutuos, regalías e intereses, entre otros.
  • La tercera categoría comprende las rentas generadas por personas y empresas que realizan actividades económicas o empresariales.
  • La cuarta categoría aborda las rentas generadas por trabajadores independientes o personas que desempeñan roles como directores.
  • La quinta categoría se refiere a las rentas obtenidas por trabajadores dependientes, es decir, aquellos que están en planilla.

3. Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)

Es una modalidad tributaria que difiere del IGV, ya que solo se aplica a ciertos bienes de consumo específicos. De hecho, el ISC tiene una doble finalidad. 

En primer lugar, busca desalentar la compra y el consumo de productos que pueden tener impactos negativos en el bienestar individual, en la sociedad y el ambiente. En este sentido, el impuesto actúa como una medida para desincentivar la adquisición de bienes perjudiciales. 

Aparte de ello, persigue proporcionar una carga tributaria más elevada a aquellos que tienen la capacidad económica para adquirir bienes considerados lujosos o de alta gama. Este tipo de gravamen no se aplica de manera general a todos los bienes y servicios, sino que se centra selectivamente en ciertos productos específicos. 

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4. Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF)

El impuesto a las transacciones financieras fue instaurado con el propósito de gravar ciertas operaciones realizadas a través de las instituciones financieras. Este impuesto se calcula aplicando un porcentaje del 0.005 % sobre el monto total de la transacción. 

Todas las personas naturales y jurídicas que posean cuentas bancarias o lleven a cabo actividades financieras en estas entidades están obligadas a pagar el ITF.

Es importante señalar que existen ciertas operaciones que están exentas de este impuesto. Para conocer la lista completa de estas excepciones, se puede hacer referencia al tercer capítulo de la Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía.

Este impuesto juega un papel crucial en la regulación y formalización de las transacciones financieras, contribuyendo a combatir la evasión fiscal y fortaleciendo la economía formal. Al imponer un pequeño porcentaje sobre las transacciones, se busca generar ingresos para el estado y fomentar prácticas financieras transparentes y legalmente sólidas.

5. Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS)

El NRUS representa una modalidad tributaria diseñada específicamente para pequeños comerciantes y productores. Este régimen les brinda la posibilidad de abonar una cuota mensual determinada en función de sus compras y/o ingresos, lo cual sustituye el pago de diversos tributos.

Este enfoque tributario se orienta hacia personas naturales que efectúan ventas de bienes o servicios a consumidores finales. Además, aquellos que ejercen un oficio también tienen la opción de acogerse al Nuevo RUS.

El objetivo central es simplificar las obligaciones tributarias de pequeños comerciantes y productores mediante la sustitución de varios impuestos con una cuota mensual basada en sus transacciones. Esto alivia la carga administrativa y financiera, promoviendo la formalización y el crecimiento sostenible de sus actividades económicas.

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6. Impuesto a la importación (Arancel)

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Dentro de la categoría de impuestos en el Perú, se encuentra el concepto de arancel, que representa un tipo de carga tributaria aplicada a los productos importados al territorio nacional, ya sean materias primas o productos finales destinados a la venta.

La determinación del arancel se lleva a cabo mediante tres métodos distintos:

  • Arancel ad-valorem: Este método implica un cálculo porcentual sobre el valor de importación CIF, que abarca el costo del producto, el seguro y el flete.
  • Arancel específico: En este caso, el arancel se calcula en función de una cantidad determinada de unidades monetarias por unidad de volumen de importación.
  • Arancel mixto: Este tipo de impuesto combina tanto el arancel ad-valorem como el arancel específico, proporcionando un enfoque mixto en la determinación de la carga tributaria.

Hasta aquí, hemos visto las diferentes clases de impuestos en el Perú. Recuerda que estar al tanto de cómo funcionan estos impuestos no solo facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sino que también contribuye al fortalecimiento de la economía y al desarrollo sostenible del país.

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